LA FALACIA DEL CORRUPTO: «SI NO YO, OTRO» PARA ATENUAR EL DEBER



En la entrada anterior señalamos que hay una secuencia de movimientos argumentativos (perfil de diálogo) legítima que bautizamos con el nombre «si no yo, otro». En líneas generales, en la secuencia se brindan argumentos (normalmente, por las consecuencias) a favor y en contra de una acción; al final, el argumentante concluye que es preferible realizar la acción porque, aunque tendrá consecuencias negativas, si no la hace él, de todas maneras otro la realizará. En aquel análisis señalamos que cuando la conclusión se refiere a una preferencia económica (en sentido amplio) por realizar la acción, la secuencia es (en principio) razonable.

El problema es que muchos casos en los que se usa el si no yo, otro lo que estaba en discusión era algo más que una mera preferencia económica. Pongamos un ejemplo de ese tipo. Mientras lees el caso, pregúntate, estimado lector, si te suena bien o crees que hay algo mal en esta forma de razonar en ese contexto:
 
Ejemplo 1.
Pedro es un empresario más o menos exitoso. Tiene una pequeña flota de camiones de transporte de combustible. Un día unos funcionarios le proponen un negocio que lo hará rico: usar los camiones para traficar cientos de toneladas de droga. Los funcionarios tienen suficiente autoridad para dejar que los camiones pasen por todos los puestos de control sin ser revisados, así que ser atrapado no es un problema. Un amigo le dice a Pedro que no debe llevar a cabo ese plan, porque perjudicará a miles de personas y debilitará los cimientos morales y políticos del país. Pedro replica que ya han contactado a otros dos empresarios que están dispuestos a tomar su lugar, así que «si no lo hago yo, otro lo hará».

Espero, estimado lector, que algo en el ejemplo te suene mal. Pareciera que hay algo erróneo en la forma de razonar de Pedro. ¿Pero qué es lo erróneo? ¿No se fundamenta en el mismo perfil de diálogo si no yo, otro? Antes de contestar estas preguntas creo que debemos expresar una suposición básica que me parece bastante aceptable:

No siempre coinciden las preferencias económicas (en sentido amplio) y las preferencias morales o legales (el deber ser).

Es posible que cierta acción sea preferible económicamente pero que no debamos realizarla. Por ejemplo, vender a un desconocido como esclavo puede reportarme las mayores ganancias posibles, pero es inmoral. Por otra parte, es posible que tengamos una obligación (legal o moral) de hacer algo, pero que esa no sea la acción preferible desde el punto de vista económico. Por ejemplo, darle una educación apropiada a los hijos es un deber, pero puede que no sea la acción económicamente preferible (sobre todo si al crecer se olvidan de sus padres). A veces coinciden lo moralmente aceptable y lo económicamente preferible, como en el ejemplo de Kant: es moral y económicamente preferible para un comerciante darle a un niño el vuelto correcto; moralmente, porque no debe robar o engañar al niño; económicamente, porque si no le da el vuelto correcto, se puede crear fama de ladrón y bajar sus ventas.

Pues bien, el perfil funciona cuando se discute qué acción es económicamente preferible que realice el argumentante, pero no parece razonable cuando se discute qué acción debe (legal o moralmente) llevar a cabo.

Veamos los dos perfiles:

Discusión: si es preferible realizar A
Discusión: si debemos o está permitido realizar A
Movimiento 1:
Hacer A tiene consecuencias positivas para mí
Por lo tanto, es preferible que yo haga A

Movimiento 2:
Hacer A tiene consecuencias negativas para b
Las consecuencias negativas para b son iguales o mayores que las positivas para mí
Por lo tanto, es preferible que yo no haga A

Movimiento 3:
Aunque acepto las razones del movimiento 2, si no hago A, c hará A
Por lo tanto, sí es preferible que yo haga A
Movimiento 1:
Hacer A tiene consecuencias positivas para mí
Por lo tanto, debo realizar A

Movimiento 2:
Hay razones (legales o morales) en contra de hacer A
Las razones en contra tienen más peso que las razones a favor (las consecuencias positivas para mí)
Por lo tanto, no debo (legal o moralmente) realizar A

Movimiento 3:
Aunque acepto las razones del movimiento 2, si no hago A, de todas maneras c realizará A
Por lo tanto, sí puedo o debo (legal o moralmente) realizar A

En el perfil de la derecha (discusión sobre el deber, no sobre preferencias), podemos criticar al argumentante porque el hecho de que otro pretenda realizar la acción no justifica que pueda o deba (legal o moralmente) realizarla él. No es relevante la respuesta «si no yo, otro» para justificar legal o moralmente una acción y tampoco lo es para atenuar la prohibición (legal o moral) de realizar dicha acción. Visto de otra manera, si hay razones aceptadas por las que legal o moralmente no debemos realizar una acción A, seguirán existiendo tales razones para cualquier otra persona que, en circunstancias semejantes, pretenda llevar a cabo A; de manera que el argumento si no yo, otro no atenúa, ni sirve de excepción de, nuestra obligación de no hacer A.

En el ejemplo 1, el hecho de que otros estén dispuestos a traficar drogas no es relevante ni como atenuante de la prohibición (legal o moral) de realizar dicho negocio ni, menos aún, como justificación de un deber (legal o moral). Si Pedro ha aceptado que hay razones por las que no debería (legal o moralmente) traficar droga, el hecho de que si no lo hace él, de todas maneras otros traficarán, no justifica ahora que Pedro pueda o –peor– deba (legal o moralmente) traficar. Todo lo contrario: desde la perspectiva de Pedro, las razones por las que no debe hacerlo son, en principio, aplicables también a los otros empresarios. Y aquí está la diferencia clave entre el uso legítimo y falaz del perfil: se supone que los deberes (morales o legales) se aplican a todos (tienen pretensiones universales), de manera que, en circunstancias iguales, ni yo ni los otros debemos llevar a cabo la acción. En cambio, cuando se discute una preferencia meramente económica, el beneficio es relativo a la persona: entre el beneficio de otro y el mío, en principio, es razonable que prefiera el mío.

En resumen, la falacia ocurre porque aceptar que si no llevo a cabo la acción, de todas maneras otros la llevarán a cabo, no es relevante para atenuar o rechazar una prohibición (legal o moral). Si me piden un nombre para esta falacia, me inclino por llamarla la falacia del corrupto, porque quienes más la usan son lo que pretenden justificar sus actos de corrupción (¿alguna vez te has tropezado con alguno, estimado lector?). Creo que la falacia del corrupto nace de la confusión entre el cálculo meramente económico y los deberes morales o legales: se desea tanto el beneficio económico que nos reportaría una acción prohibida que se usa el movimiento si no yo, otro pretendiendo atenuar o rechazar esa prohibición, pese a que dicho movimiento solo podría justificar lo económicamente preferible. 



¿Cómo podemos actuar ante la falacia del corrupto? Creo que lo mejor es hacer ver que es irrelevante la respuesta para justificar o atenuar responsabilidades legales o morales. Por ejemplo, pudiéramos decirle a Pedro que no estamos hablando de sus preferencias económicas, sino de lo moralmente correcto: el hecho de que el acto sea inevitable, porque otro pudiera ocupar tu lugar, amigo Pedro, no te hace menos responsable legal y moralmente si decides traficar droga. Tanto los que están dispuestos a ocupar tu lugar como tú serán responsables por sus acciones.  

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